Excepciones para los desplazamientos entre municipios |
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miércoles, 04 de noviembre de 2020 |
Desde el 4 y el 18 de Noviembre el Gobierno Regional ha ordenado el confinamiento municipal, es decir, deberemos permanecer dentro de los lÃmites de nuestro municipio. A la espera de la confirmación por publicación en el BOC, las únicas excepciones a este confinamiento municipal son:
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Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
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Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
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Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
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Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
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Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
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Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limÃtrofes.
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Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
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Renovaciones de permisos y documentación oficial, asà como otros trámites administrativos inaplazables.
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Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
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Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Además, también estará permitido cruzar a una localidad limÃtrofe si es para practicar deporte de manera individual o para realizar compras que no se puedan llevar a cabo en el propio municipio.
Ver publicación del BOC en formato PDF
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