ACTA DE LA SESI脫N DEL PLENO DEL
AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE N脷MERO 6/ 2007, EXTRAORDINARIA, CELEBRADA
EL D脥A 26 DE JUNIO DE 2.007.
En Pesu茅s, Val de San
Vicente, en el sal贸n de sesiones de la casa consistorial del Ayuntamiento de
Val de San Vicente, siendo las veinte horas y cinco minutos del d铆a
veintis茅is de junio de dos mil siete, se re煤ne en la Corporaci贸n municipal
para celebrar sesi贸n extraordinaria en 煤nica convocatoria con la asistencia
de los miembros siguientes:
Presidente: Don Miguel
Angel Gonz谩lez Vega.
Concejales: Don Roberto
Escobedo Quintana, do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero, don El铆as 脕lvarez
Mart铆nez, do帽a Mar铆a Luisa Carreira Fern谩ndez, don Jos茅 Sober贸n G贸mez, don
Sergio Cabeza Cos, do帽a Mar铆a Luzdivina L贸pez Pur贸n, don Jos茅 Antonio Tarno
Cuesta, do帽a Ana Josefa Avello Cimas y don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla.
Secretaria de la
Corporaci贸n: Laura Rodr铆guez Cand谩s.
Dada lectura al orden
del d铆a, en su desarrollo se debaten los asuntos siguientes:
1.Aprobaci贸n, si procede, del borrador del acta de la sesi贸n extraordinaria
celebrada en fecha de 16 de junio de 2.007 para la constituci贸n de la
Corporaci贸n Municipal.
Se da cuenta del acta
de la sesi贸n de fecha 16 de junio de 2.007, convocada para la constituci贸n
de la Corporaci贸n Municipal.
No habi茅ndose formulado
observaciones, objeciones ni reparos, por unanimidad de los presentes se
aprueba el acta de la sesi贸n de fecha 16 de junio de 2.007, convocada para
la constituci贸n de la Corporaci贸n Municipal de Val de San Vicente.
2.
Informe sobre la constituci贸n de los grupos pol铆ticos municipales y la
designaci贸n de sus portavoces.
El sr.
Alcalde Presidente informa del resultado del procedimiento que establecen
los art铆culos 24 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que
se aprueba el Reglamento de Organizaci贸n, Funcionamiento y R茅gimen Jur铆dico
de Entidades Locales y 15 y siguientes del Reglamento Org谩nico Municipal de
Val de San Vicente. As铆, en el plazo establecido se han presentado los
escritos correspondientes a los grupos popular, regionalista y socialista.
El grupo
popular lo integran los se帽ores concejales don Jos茅 Antonio Tarno Cuesta y
do帽a Ana Josefa Avello Cimas. Se ha designado como portavoz del grupo a don
Jos茅 Antonio Tarno Cuesta y como suplente a do帽a Ana Josefa Avello Cimas.
El grupo
regionalista lo integra don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla. Se ha designado
como portavoz del grupo a don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla.
El grupo
socialista lo integran los se帽ores concejales don Miguel Angel Gonz谩lez
Vega, don Roberto Escobedo Quintana, do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero, don
El铆as 脕lvarez Mart铆nez, do帽a Mar铆a Luisa Carreira Fern谩ndez, don Jos茅
Sober贸n G贸mez, don Sergio Cabeza Cos y do帽a Mar铆a Luzdivina L贸pez Pur贸n. Se
ha designado como portavoz del grupo a don Roberto Escobedo Quintana y como
suplente a do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero.
3. Periodicidad de las sesiones del Ayuntamiento Pleno.
Tomado conocimiento de
la propuesta de la Alcald铆a Presidencia sobre la periodicidad de las
sesiones del Pleno.
Sometida a votaci贸n, por
once votos a favor, siendo once los miembros de la Corporaci贸n presentes y
once su n煤mero legal, se aprueba por unanimidad y en consecuencia se
acuerda:
Primero: El Pleno del
Ayuntamiento celebrar谩 sesi贸n ordinaria cada dos meses, a las veinte horas
del 煤ltimo jueves h谩bil de los meses de julio, septiembre, noviembre, enero,
marzo y mayo. A tal efecto, se tramitar谩 la correspondiente modificaci贸n del
Reglamento Org谩nico Municipal de Val de San Vicente.
Segundo: Las sesiones extraordinarias del Pleno del Ayuntamiento se
celebrar谩n cuando as铆 lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte,
al menos, del n煤mero legal de miembros de la Corporaci贸n.
4. Retribuciones, indemnizaciones y dem谩s asignaciones a 贸rganos
municipales.
Celebradas las
elecciones locales y una vez constituida la corporaci贸n municipal resultante
de las mismas, procede que por el Ayuntamiento Pleno se fijen los derechos
econ贸micos de los miembros de la corporaci贸n municipal y de los grupos
pol铆ticos municipales para el mandato del 2.007-2.011.
Considerando lo avanzado
del ejercicio econ贸mico y por tanto de la ejecuci贸n del presupuesto
municipal, por la Alcald铆a se ha formulado la correspondiente propuesta que
se eleva al Pleno del Ayuntamiento.
Sometida a votaci贸n, por
once votos a favor, siendo once los miembros de la Corporaci贸n presentes y
once su n煤mero legal, se aprueba por unanimidad y en consecuencia se
acuerda:
PRIMERO: Respecto a las
indemnizaciones a los miembros de la Corporaci贸n se determinar谩n por
aplicaci贸n del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por raz贸n del servicio, entendi茅ndose incluidos en el Grupo 1 del
art铆culo del citado Real Decreto. En el caso de desplazamientos a
Santander, se tendr谩 derecho a una indemnizaci贸n sin justificar por el
importe equivalente a media dieta por manutenci贸n, en referencia al Grupo 1
del Real Decreto 462/2002. Adem谩s de las anteriores, se indemnizar谩 por
desplazamiento con veh铆culo propio en los mismos t茅rminos que se establecen
para la Administraci贸n General del Estado y que a la fecha, se encuentra
establecido en 0,19 鈧/Km ( Orden del Ministerio de Econom铆a y Hacienda
3770/2.005, de 1 de diciembre). En el resto de los casos, se indemnizar谩 la
cuant铆a del billete, factura o documento que acredite el coste del
desplazamiento.
SEGUNDO. Respecto a las
dietas por asistencias a 贸rganos colegiados, se fijan en los siguientes
t茅rminos.
a)
Por asistencias a sesiones del Ayuntamiento Pleno, 75,00 鈧 por sesi贸n.
b)
Por asistencias a sesiones de la Junta de Gobierno Local, Comisiones
Informativas, Mesas de Contrataci贸n, y otros 贸rganos colegiados, 40,00 鈧 por
sesi贸n.
TERCERO. La retribuci贸n
bruta anual del sr. Alcalde por el desempe帽o de su cargo con dedicaci贸n
exclusiva ser谩 de 41.000,00 鈧 anuales, distribuidos en catorce pagas ( con
efecto de uno de julio de 2.007). Dicha cuant铆a se revisar谩 anualmente a
partir del ejercicio 2.008 en los mismos t茅rminos que los establecidos para
los funcionarios p煤blicos.
CUARTO. Con el fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el art铆culo 73.3. de la Ley Reguladora de
las Bases del R茅gimen Local, las dotaciones a los grupos pol铆ticos
municipales se fijan en las siguientes cuant铆as:
Componente fijo por
grupo鈥︹︹..............................................................................400,00
鈧.
Componente variable que
se multiplicar谩 por el n煤mero de miembros de cada grupo
pol铆tico鈥..................................................................................................................600,00
鈧.
QUINTO. Que se publique
el correspondiente anuncio en el Bolet铆n Oficial de Cantabria y en el Tabl贸n
de Anuncios del Ayuntamiento condicionando la efectividad del presente
acuerdo a la existencia de cr茅dito suficiente y adecuado.
5.
Creaci贸n, denominaci贸n, composici贸n y competencias de las comisiones
informativas municipales permanentes.
Los
art铆culos 38 y 124 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Organizaci贸n, Funcionamiento y R茅gimen
Jur铆dico de las Entidades Locales, y el art铆culo 41 del Reglamento Org谩nico
Municipal de Val de San Vicente regulan las comisiones informativas
municipales permanentes.
El citado
art铆culo del reglamento de la corporaci贸n establece que el n煤mero,
denominaci贸n, composici贸n num茅rica y competencias de las comisiones
informativas ser谩 acordado por el Pleno en la primera sesi贸n que celebre
tras su constituci贸n. Considerando la experiencia existente sobre este
particular; partiendo de que en su composici贸n se respetar谩 el principio de
representaci贸n proporcional de los distintos grupos que integran el Pleno;
que todos los grupos tendr谩n derecho a participar mediante la presencia de
por lo menos un concejal en todas y cada una de las comisiones y o铆dos los
portavoces de los distintos grupos municipales respecto a los integrantes de
las mismas, la Alcald铆a Presidencia ha formulado la correspondiente
propuesta que eleva al Ayuntamiento Pleno y que se aprueba por unanimidad de
los presentes, acord谩ndose la creaci贸n, denominaci贸n, composici贸n y
competencias de las comisiones informativas municipales permanentes seg煤n se
expresa seguidamente:
搂
Comisi贸n
Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos
Econ贸micos, Internos e Institucionales.
Compuesta de seis
miembros, cuatro del grupo socialista, uno del grupo popular y uno del grupo
regionalista.
Sus competencias
resumidas son las de asuntos relacionados con el 谩rea econ贸mica, tales como
presupuestos, contabilidad, cuentas generales, recaudaci贸n, contrataci贸n,
retribuciones; 谩rea de organizaci贸n interior, tales como personal, seguridad
ciudadana, relaciones con otros ayuntamientos, entidades locales menores,
贸rganos de gobierno, etc茅tera.
Miembros:
Presidente:
Alcalde Presidente, don
Miguel Angel Gonz谩lez Vega.
Vocales:
Don Roberto Escobedo
Quintana.
Do帽a Mar铆a Luisa
Carreria Fern谩ndez.
Don Sergio Cabeza Cos.
Don Jos茅 Antonio Tarno
Cuesta.
Don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla.
Secretaria: La del
Ayuntamiento, do帽a Laura Rodr铆guez Cand谩s
搂
Comisi贸n
Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios.
Compuesta de seis
miembros, cuatro del grupo socialista, uno del grupo popular y uno del grupo
regionalista.
Sus competencias
resumidas son las de asuntos relacionados con el 谩rea de urbanismo, obras
p煤blicas, licencias ( licencias de obras y ejercicio de actividades,
planeamiento urban铆stico, aprobaci贸n de proyectos, etc茅tera) y servicios
p煤blicos en general.
Miembros:
Presidente:
Alcalde Presidente, don
Miguel Angel Gonz谩lez Vega.
Vocales:
Don Jos茅 Sober贸n G贸mez
Don El铆as 脕lvarez
Mart铆nez
Do帽a Nuria Yolanda
Verdeja Melero
Do帽a Ana Josefa Avello
Cimas
Don Ram贸n Luis Borbolla
Borbolla
Secretaria: La del
Ayuntamiento, do帽a Laura Rodr铆guez Cand谩s
搂
Comisi贸n
Informativa Municipal Permanente de Sanidad, Bienestar Social, Empleo,
Educaci贸n, Cultura, Turismo, Festejos, Juventud, Deporte Agricultura y
Ganader铆a.
Compuesta de seis
miembros, cuatro del grupo socialista, uno del grupo popular y uno del grupo
regionalista.
Sus competencias
resumidas las de asuntos relacionados con el 谩rea de acci贸n social, el 谩rea
de atenci贸n sanitaria, la salud y el fomento del empleo, ense帽anza y los
centros docentes p煤blicos, la escolarizaci贸n, el fomento de la cultura, la
promoci贸n del turismo, del deporte, la organizaci贸n y celebraci贸n de
festejos, el 谩rea de juventud y el 谩rea de agricultura y ganader铆a: ferias,
exposiciones, sectores agr铆colas, campa帽a de saneamiento, mercados, medio
ambiente, etc茅tera.
Miembros:
Presidente:
Alcalde Presidente, don Miguel Angel Gonz谩lez Vega.
Vocales:
Do帽a Maria Luzdivina
L贸pez Pur贸n
Don Sergio Cabeza Cos
Don Mar铆a Luisa Carreira
Fern谩ndez
Do帽a Ana Josefa Avello
Cimas
Don Ram贸n Luis Borbolla
Borbolla
Secretaria: La del
Ayuntamiento, do帽a Laura Rodr铆guez Cand谩s.
搂
Comisi贸n
Valoraci贸n Incentivos para la Instalaci贸n de Empresas.
Seg煤n el art铆culo 7 de la Ordenanza reguladora de Incentivos Municipales
para la instalaci贸n de empresas, para la valoraci贸n de las solicitudes se
formar谩 una comisi贸n presidida por el Alcalde o por el Concejal en quien
delegue y en la que estar谩n representados todos los grupos pol铆ticos
municipales en proporci贸n a su presencia en la Corporaci贸n Municipal. De
dicha Comisi贸n de Valoraci贸n formar谩n parte como vocales el Interventor y el
Secretaria Municipales, actuando este 煤ltimo tambi茅n como Secretario de la
mencionada comisi贸n.
Miembros:
Presidente:
Alcalde Presidente, don
Miguel Angel Gonz谩lez Vega.
Vocales:
Don Jos茅 Sober贸n G贸mez.
Don Roberto Escobedo
Quintana.
Don Mar铆a Luzdivina
L贸pez Pur贸n.
Don Jos茅 Antonio Tarno
Cuesta.
Don Ram贸n Luis Borbolla
Borbolla
Don Jos茅 Mar铆a D铆az
Romeral Martiarena, interventor municipal.
Do帽a Laura Rodr铆guez
Cand谩s, Secretaria del Ayuntamiento.
Secretaria: La del Ayuntamiento, do帽a Laura Rodr铆guez Cand谩s.
Sus competencias son las indicadas en el art铆culo 7 de la Ordenanza
reguladora de Incentivos Municipales antes transcrito.
6.
Nombramiento de representantes de la Corporaci贸n en 贸rganos colegiados, que
sean competencia del Ayuntamiento Pleno.
El art铆culo 38 del Real
Decreto 2.868/1986, de 28 de noviembre, establece que dentro de los treinta
d铆as siguientes al de la sesi贸n constitutiva, el Alcalde convocar谩 la sesi贸n
o sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporaci贸n que sean precisas, a
fin de resolver, entre otros, sobre el siguiente asunto:
鈥淣ombramiento de
representantes de la Corporaci贸n en 贸rganos colegiados que sean den la
competencia del Pleno鈥.
Por otra parte, de entre
los 贸rganos en los que debe estar representado el Ayuntamiento de Val de San
Vicente, en los estatutos de algunos de ellos se dispone expresamente que
tal representaci贸n corresponde al Alcalde Presidente, por lo que no es
preciso que el Pleno se manifieste al respecto.
Por lo que se refiere a
aquellos organismos en los que la representaci贸n del Ayuntamiento de Val de
San Vicente es competencia del Pleno el se帽or Alcalde ha formulado la
correspondiente propuesta que eleva al Pleno del Ayuntamiento.
Sometida a votaci贸n, por
once votos a favor, siendo once los miembros de la Corporaci贸n presentes y
once su n煤mero legal, se aprueba por unanimidad y en consecuencia se
acuerda:
Primero: Nombrar a la
se帽ora concejal do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero como representante de la
Corporaci贸n en el Consejo Escolar del colegio p煤blico Fuente Sal铆n de
Pesu茅s.
Segundo: Nombrar al
Alcalde Presidente, don Miguel Angel Gonz谩lez Vega, o al concejal en quien
delegue en cada caso, como representante de la Corporaci贸n en la Asociaci贸n
de Desarrollo Rural 鈥淪aja Nansa鈥.
Tercero: Dado que
conforme establecen los art铆culos 6 y 7 de los Estatutos de la Mancomunidad
de los Valles de San Vicente, corresponde designar al Ayuntamiento tres
vocales, a propuesta de los grupos, en proporci贸n a su representaci贸n en el
Ayuntamiento.
Teniendo en cuenta que
seg煤n la proporci贸n de cada grupo pol铆tico en la Corporaci贸n, corresponde
nombrar dos vocales al grupo socialista y un vocal al grupo popular, o铆dos
los portavoces de ambos grupos, se nombra al Alcalde Presidente, don Miguel
Angel Gonz谩lez Vega y a don Jos茅 Sober贸n G贸mez por el grupo socialista, y a
do帽a Ana Josefa Avello Cimas por el grupo
popular.
Cuarto: Dado que
conforme establecen los apartados 2, 3 y 4 del art铆culo 4 de los estatutos
de la Mancomunidad de Municipios de Val de San Vicente y Ribadedeva el
n煤mero de vocales de la Junta Plenaria ser谩 de nueve de acuerdo con las
siguiente distribuci贸n: Val de San Vicente, cinco vocales y Ribadedeva
cuatro vocales. Los Alcaldes-Presidentes de cada Municipio ser谩n miembros
natos de la Junta Plenaria de la mancomunidad y los restantes vocales ser谩n
designados entre los Concejales de los respectivos Ayuntamientos, a
propuesta de los grupos municipales y en proporci贸n a su representaci贸n en
el propio Ayuntamiento.
Teniendo en cuenta que
seg煤n la proporci贸n de cada grupo pol铆tico en la Corporaci贸n, corresponde
nombrar cuatro vocales al grupo socialista y un vocal al grupo popular,
o铆dos los portavoces de ambos grupos, se nombra al Alcalde Presidente, don
Miguel Angel Gonz谩lez Vega y a don Roberto Escobedo Quintana, don El铆as
脕lvarez Mart铆nez y do帽a Mar铆a Luisa Carreira Fern谩ndez por el grupo
socialista, y a don Jos茅 Antonio Tarno
Cuesta
por el grupo popular.
Quinto: Dado que
conforme a lo dispuesto en el art铆culo 8 de los Estatutos de la Mancomunidad
de Municipios de Val de San Vicente y Ribadedeva la Junta de Gobierno tendr谩
las competencias que le deleguen los restantes 贸rganos de gobierno y estar谩
formada por los Alcaldes de ambos Ayuntamientos y dos vocales m谩s, uno
designado por cada Ayuntamiento mancomunado, se nombra al Alcalde
Presidente, don Miguel Angel Gonz谩lez Vega y a don Roberto Escobedo
Quintana.
Sexto. Dado que conforme
a lo dispuesto en el art铆culo 8 de los Estatutos del Consorcio
鈥淚nfraestructuras Deportivas de Cantabria鈥 la Junta General es el 贸rgano
superior de gobierno del Consorcio, formando parte del mismo, tres vocales
en representaci贸n de cada uno de los Ayuntamientos consorciados. Adem谩s, las
entidades consorciadas nombrar谩n suplentes de los mismos para asegurar en
todo momento el qu贸rum necesario para la toma de decisiones. Los
representantes municipales en la Junta General ser谩n designados por los
Plenos de los Ayuntamientos.
A la vista de lo anterior, se propone al Pleno del Ayuntamiento nombrar los
siguientes vocales y sus respectivos suplentes en el Consorcio
鈥淚nfraestructuras Deportivas de Cantabria鈥:
Vocal: Don Miguel Angel
Gonz谩lez Vega. Suplente: Don Jos茅 Sober贸n G贸mez
Vocal: Don Roberto Escobedo Quintana. Suplente: Don El铆as
脕lvarez Mart铆nez
Vocal: Do帽a Mar铆a Luisa
Carreira Fern谩ndez. Suplente: Do帽a Mar铆a Luzdivina L贸pez Pur贸n
Sexto: Nombrar al se帽or
concejal don El铆as 脕lvarez Mart铆nez como representante de la corporaci贸n en
la Asociaci贸n para el Hermanamiento de Val de San Vicente con el municipio
franc茅s de Mios.
S茅ptimo: Dado que en los
estatutos de la Federaci贸n de Municipios de Cantabria y de la Mancomunidad
de Municipios Saja 鈥揘ansa se dispone que la representaci贸n del Ayuntamiento
de Val de San Vicente corresponde al Alcalde Presidente, se informa al Pleno
de la asunci贸n por la Alcald铆a de dichas representaciones, si bien en cada
caso se podr谩 delegar en un concejal.
7. Designaci贸n del tesorero municipal.
Visto el art铆culo 2 del Real Decreto 731/1993 de 14 de mayo, por el que se
dictan normas para la provisi贸n de puestos de trabajo reservados a
funcionarios de Administraci贸n Local con Habilitaci贸n de Car谩cter Nacional,
seg煤n el cual en las corporaciones locales con Secretar铆as de clase tercera,
la responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad,
tesorer铆a y recaudaci贸n podr谩 ser atribuida a miembro de la corporaci贸n o a
funcionario de la misma.
Considerando que la secretar铆a del Ayuntamiento de Val de San Vicente est谩
clasificada en clase tercera y, por tanto, resulta de aplicaci贸n lo expuesto
en el p谩rrafo anterior.
Considerando que desde el uno de noviembre de 2.005 el sr concejal don Jos茅
Sober贸n G贸mez viene desempe帽ando las funciones de tesorero municipal al
haber sido designado mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento
en sesi贸n ordinaria celebrada en fecha de once de octubre de 2.005, el Pleno
del Ayuntamiento, por unanimidad de sus miembros presentes que eran once de
los once que lo componen, acuerda:
PRIMERO:
Designar como tesorero municipal al se帽or concejal don Jos茅 Sober贸n G贸mez.
SEGUNDO: Que se d茅 traslado del presente acuerdo al interesado, a los
servicios econ贸micos municipales y a las entidades financieras en las que
mantiene cuentas abiertas el Ayuntamiento de Val de San Vicente.
8.
Conocimiento de las resoluciones de la Alcald铆a en materia de asignaci贸n de
esca帽os en el sal贸n de sesiones, nombramiento de Tenientes de Alcalde,
miembros de la Junta de Gobierno Local, atribuciones de este 贸rgano y
delegaciones de la Alcald铆a.
8.1.Se da cuenta de la
resoluci贸n adoptada por la Alcald铆a en fecha de 21 de junio de 2.007,
referida a la asignaci贸n de esca帽os en el sal贸n de sesiones, a tenor de la
cual los se帽ores concejales ocupar谩n sus esca帽os en el sal贸n de sesiones de
la casa consistorial seg煤n se indica
seguidamente: Tomando
como referencia el esca帽o correspondiente al se帽or Alcalde Presidente:
A la izquierda, don
Roberto Escobedo Quintana, do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero, don El铆as
脕lvarez Mart铆nez, do帽a Mar铆a Luisa Carreira Fern谩ndez y don Jos茅 Sober贸n
G贸mez. Siguiendo por la derecha y excluyendo el sill贸n correspondiente a la
secretaria de la Corporaci贸n, que se situar谩 en el lugar inmediatamente
ocupado por el se帽or Alcalde Presidente, ocupar谩n sus esca帽os don Sergio
Cabeza Cos y do帽a Mar铆a Luzdivina L贸pez Pur贸n. Todos los concejales citados,
junto con el Alcalde Presidente, integran el Grupo Municipal Socialista.
Seguidamente, siguiendo
hacia la derecha, ocupar谩 su esca帽o el se帽or concejal del Grupo Municipal
Regionalista don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla.
A continuaci贸n,
siguiendo hacia la derecha, ocupar谩n sus esca帽os por el orden que se indica
los se帽ores concejales del Grupo Municipal Popular, dona Ana Josefa Avello
Cimas y don Jos茅 Antonio Tarno Cuesta.
8.2. A continuaci贸n se da
cuenta del decreto de la Alcald铆a adoptada en fecha de 21 de junio de 2.007
sobre nombramiento de tenientes de alcalde y miembros de la Junta de
Gobierno Local, a tenor de la cual se nombra para integrar la Junta de
Gobierno Local de Val de Vicente a los se帽ores concejales que seguidamente
se indican: don Roberto Escobedo Quintana, do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero
y don El铆as 脕lvarez Mart铆nez.
Se nombran Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Val de San Vicente, por
el orden de prelaci贸n que se indica, a los siguientes miembros de la Junta
de Gobierno Local:
Primer Teniente de
Alcalde: Don Roberto Escobedo Quintana.
Segunda Teniente de
Alcalde: Do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero.
Tercer Teniente de Alcalde: Don El铆as 脕lvarez Mart铆nez.
8.3. Acto seguido, se da
cuenta al Ayuntamiento Pleno del decreto adoptado por la Alcald铆a en fecha
de 21 de junio de 2007 sobre delegaci贸n de atribuciones en la Junta de
Gobierno Local. Las atribuciones que delega la Alcald铆a en la Junta de
Gobierno Local mediante el citado decreto son las que a continuaci贸n se
relacionan:
1.- El desarrollo de la
gesti贸n econ贸mica municipal de acuerdo con el presupuesto aprobado.
2.-La autorizaci贸n y
disposici贸n de gastos dentro de los l铆mites de la competencia de esta
Alcald铆a y de conformidad con las bases de ejecuci贸n del presupuesto.
3.-Reconocimiento de
obligaciones siempre que sea consecuencia de compromisos de gastos
legalmente adquiridos.
4.- Reconocimiento
extrajudicial de cr茅ditos de conformidad con cuanto establece el art铆culo
60.2 en relaci贸n con el art铆culo 26.1c) del Real Decreto 500/1990 de 20 de
abril, en el caso de que
exista dotaci贸n
presupuestaria suficiente y adecuada, de acuerdo con lo dispuesto en el
art铆culo 18 de las bases de ejecuci贸n del presupuesto.
4.-La aprobaci贸n de la
oferta de empleo p煤blico de acuerdo con el presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno.
5.-La aprobaci贸n de las
bases de las pruebas para la selecci贸n del personal y para los concursos de
provisi贸n de puestos de trabajo as铆 como la distribuci贸n de las
retribuciones complementarias que no sean fijas y peri贸dicas.
6.-Las aprobaciones de
los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no
expresamente atribuidas al Pleno, as铆 como la de los instrumentos de gesti贸n
urban铆stica y de los proyectos de urbanizaci贸n.
7.-Las contrataciones y
concesiones de toda clase, cuando est茅n dentro de los l铆mites establecidos
en el art铆culo 21.1 帽) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del R茅gimen
Local, modificada por la Ley 11/1999 de 21 de abril.
8.-La adquisici贸n de bienes y derechos, cuando estando dentro de los l铆mites
establecidos en el art铆culo 21.1.p) de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del R茅gimen Local, modificada por Ley 11/1999 de 21
de abril, tengan un importe superior a TRES MIL ( 3.000,00) euros.
9.-El otorgamiento de
licencias municipales para el ejercicio de actividades y para aperturas,
excepto en el caso de que correspondan a actividades clasificadas seg煤n lo
dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y
Peligrosas o sujetas a comprobaci贸n ambiental de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 17/2.006 de 11 de diciembre, de control ambiental
integrado. El otorgamiento de las licencias correspondientes a estas 煤ltimas
actividades no se delega considerando que la Junta de Gobierno Local ya ha
tomado conocimiento del expediente al emitir el informe a que se refiere el
art铆culo 30.2.c) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas
y Peligrosas y el art铆culo 37.3 de la
Ley 17/2.006 de 11 de
diciembre, pretendiendo conseguir la necesaria agilidad en el funcionamiento
municipal al conservar esta atribuci贸n la Alcald铆a.
10.- La emisi贸n del
informe a que se refiere el art铆culo 30.2.c) del Reglamento de Actividades
Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y el art铆culo 37.3 de la Ley
17/2.006 de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
11.-El otorgamiento de
las licencias municipales de obras cuando estas se refieran a edificios de
nueva planta, cuando las actuaciones que se pretendan afecten a la
estructura de edificios ya existentes o cuando se trate de otras actuaciones
para las que se exija proyecto t茅cnico.
12.- El cambio de
titularidad de las licencias municipales cuando hayan sido otorgadas por la
Junta Municipal de Gobierno.
13.- La aprobaci贸n de
los proyectos de obras y servicios incluidos en planes o programas
regionales, siempre y cuando no se exija expresamente la aprobaci贸n por el
Ayuntamiento Pleno.
14.- La solicitud de
subvenciones, siempre y cuando no se exija expresamente la solicitud por el
Ayuntamiento Pleno.
15.- La concesi贸n del
servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia.
Expresamente se hace constar que esta Alcald铆a se reserva el derecho de
avocar el conocimiento de asuntos enmarcado en el 谩mbito de las competencias
que se delegan.
8.4.Finalmente, se informa
del decreto adoptado por el se帽or Alcalde Presidente en fecha de 21 de junio
de 2.007 respecto a la delegaci贸n de determinadas atribuciones espec铆ficas
en concejales de la Corporaci贸n Municipal. En concreto, sobre este asunto,
la Alcald铆a ha resuelto:
PRIMERO: Delegar en los
miembros de la Corporaci贸n que a continuaci贸n se dicen la representaci贸n de
la Alcald铆a en las 谩reas que se indican:
-
Urbanismo, Medio Ambiente y Ganader铆a: Don Jos茅 Sober贸n G贸mez.
-
Educaci贸n: Do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero.
-
Turismo: Don El铆as 脕lvarez Mart铆nez.
-
Cultura y Festejos: Don Roberto Escobedo Quintana.
-
Juventud y Deporte: Don Sergio
Cabeza Cos.
-
Asuntos Sociales y Mayores: Do帽a Mar铆a Luisa Carreira Fern谩ndez.
-
Mujer y Relaciones con Asociaciones Municipales: Do帽a Mar铆a Luzdivina L贸pez
Pur贸n.
SEGUNDO: Las
delegaciones a que se refiere el presente Decreto alcanzan a la
representaci贸n de la Alcald铆a en actuaciones correspondientes a las 谩reas
se帽aladas y en ning煤n caso a la facultad de dictar resoluciones o cualquier
acto administrativo que pueda afectar a terceros.
TERCERO: Los concejales
delegados quedan obligados a informar a la Alcald铆a de sus gestiones.
CUARTO: El presente
Decreto surtir谩 efectos a partir del d铆a siguiente al de su fecha, sin
perjuicio de la necesaria aceptaci贸n de las delegaciones por los interesados
y de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de Cantabria y en el tabl贸n de
anuncios del Ayuntamiento.
QUINTO: Dar cuenta del
presente decreto al Ayuntamiento Pleno en la siguiente sesi贸n que celebre.
Y no habiendo m谩s
asuntos a tratar, la Presidencia declara terminada la sesi贸n cuando son las
veinte horas y cincuenta minutos del d铆a al inicio indicado, de todo lo
cual, como secretaria, doy fe.
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