Ayudas a la electrificación con energías renovables en edificaciones rurales aisladas.
mircoles, 22 de junio de 2016

Desde el 28 de marzo de 2016 se establecen las bases reguladoras de ayudas a la electrificación mediante el empleo de sistemas de producción de energía, prioritariamente autónomos basados en energías renovables en edificaciones aisladas del medio rural, de propiedad particular.
La fecha de inicio para la presentación de solicitudes es el 21 de Junio de 2016, siendo posible presentar las mismas hasta el 20 de Julio de 2016.

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Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas mediante la presente Orden las personas físicas o jurídicas que hayan tenido su residencia fiscal en el año anterior al de la convocatoria o estén empadronadas con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria, en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sean propietarias de las edificaciones objeto de la subvención cuyo uso sea alguno de los siguientes:

  1. Vivienda (para uso permanente o temporal)
  2. Instalaciones agrícolas y ganaderas cuya superficie en planta sea superior a 30 m2 totales (para uso permanente o temporal)
  3. Otras edificaciones para uso agrícola o agroalimentario.
  4. Otras construcciones no incluidas en los puntos anteriores destinadas a uso general tales como ermitas, talleres, garajes, almacenes, pajares, locales de aperos de labranza, etc.

La documentación a adjuntar será la siguiente:

  1. Impreso de solicitud de la subvención, según los modelos que figuran como anexos en la presente Orden:
    • Anexo I (A): Solicitud para instalaciones de sistemas de producción de energía eléctrica basados en energías renovables.
    • Anexo I (B): Solicitud para instalaciones de suministro de energía mediante acometidas eléctricas.
  2. Certificado de legalidad urbanística de la edificación a electrificar expedido por el Ayuntamiento en cuyo término municipal se encuentra dicha edificación, en el que se haga constar si sobre ella existe o no algún expediente disciplinario en curso por infracción de la normativa municipal vigente en materia urbanística y, por tanto, si es susceptible de ser electrificada por el método indicado en la solicitud presentada.
    Este certificado deberá ajustarse a lo establecido en el modelo que se adjunta como Anexo II a la presente Orden.
  3. Certificados de estar al corriente de pago en sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social. Estos certificados podrán ser sustituidos por una autorización al Órgano gestor de estas ayudas, para que pueda obtener directamente dicha información por vía telemática a través de los Sistemas Estatales de Cesión de Información Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta autorización estará recogida en el impreso de la Solicitud (Anexo I). La mera presentación de la solicitud conllevará la autorización al Órgano Instructor del expediente para recabar la información sobre el estado de cumplimiento de sus obligaciones con el Gobierno de Cantabria.
  4. Declaración de otras ayudas solicitadas y/o concedidas para este mismo proyecto. (Modelo incluido como Anexo III de esta Orden)
  5. Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria (Anexo III).
  6. Declaración responsable de poseer su domicilio fiscal en territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria o, en su defecto, certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de Cantabria con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria. Este certificado podrá ser sustituido por una autorización al órgano gestor de estas ayudas para que pueda proceder a la comprobación de estos datos a través del Servicio de Verificación de Datos de Residencia. Tanto el modelo de declaración como la autorización al órgano gestor están establecidas en el Anexo IV adjunto a la presente Orden.
  7. Certificado del instalador del sistema de producción de energía, en el caso de energías renovables, Anexo V(A) de esta Orden, ó certificado de la Compañía eléctrica suministradora del servicio, en el caso de una acometida eléctrica, Anexo V(B), en el que se indique cual será la potencia, en Wp, de la instalación a realizar o la potencia, en Kw, a contratar, según el caso, una vez ejecutada la inversión prevista en la solicitud de subvención.
    La aportación de este documento es opcional, únicamente será tenido en cuenta para la valoración de la solicitud de subvención, de acuerdo con lo establecido en el punto Octavo 3.º C) de esta Orden. En caso de que no se aportase, la valoración se hará como se indica de dicho punto.
  8. Acreditación, cuando corresponda, de la condición de Agricultor Profesional, según la definición recogida en el artículo 2.5 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, modificado por la Disposición Final Cuarta de la Ley 10/2009, de 20 de octubre, de creación de órganos consultivos del Estado en el ámbito agroalimentario y de determinación de las bases de representación de las organizaciones profesionales agrarias, por el medio que considere oportuno y resulte suficiente, a efectos de que esta circunstancia sea tenida en cuenta en la valoración de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el punto Octavo 3º de esta Orden.
  9. Plano a escala 1:2000 ó 1:5000, de situación de la edificación a electrificar.
    Además, para las solicitudes de subvención para instalaciones con energías renovables:
  10. Memoria técnico-económica realizada por la empresa instaladora, consistente en una breve descripción de la instalación a realizar, motivando su necesidad, así como de los equipos y elementos utilizados y sus características técnicas (tensión, potencia, carga, etc.) y un esquema de la misma, junto con el presupuesto, detallado por conceptos, indicando el importe de cada una de las unidades y el coste total de la instalación.
    Para los solicitantes de subvención para acometidas eléctricas:
  11. Presupuesto realizado por una empresa instaladora cualificada. Previamente a dicho presupuesto deberá solicitar a la compañía eléctrica proveedora del servicio, un informe con las condiciones técnicas de acceso a la red eléctrica, descripción de los materiales y elementos necesarios para la ejecución de las obras y el punto de conexión a dicha red.

Enlace a la página del Gobierno de Cantabria en la que desgargar los modelos, anexos, orden y demás información.