Acta del Pleno celebrado el 5 de Noviembre de 2008
mi閞coles, 05 de noviembre de 2008

ACTA DE LA SESI脫N DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE N脷MERO 7/2008, EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL D脥A CINCO DE NOVIEMBRE DE 2.008. En Pesu茅s, Val de San Vicente, en el sal贸n de sesiones de la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las catorce horas del d铆a cinco de noviembre de 2.008, se re煤ne la Corporaci贸n municipal para celebrar sesi贸n extraordinaria en 煤nica convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes:
Presidente: Don Miguel 脕ngel Gonz谩lez Vega.
Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, do帽a Nuria Yolanda Verdeja Melero, don El铆as 脕lvarez Mart铆nez, do帽a Mar铆a Luisa Carreira Fern谩ndez, don Jos茅 Sober贸n G贸mez, do帽a Mar铆a Luzdivina L贸pez Pur贸n, don Sergio Cabeza Cos, don Jos茅 Antonio Tarno Cuesta, do帽a Ana Josefa Avello Cimas y don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla.
Secretaria de la Corporaci贸n: Laura Rodr铆guez Cand谩s.
Interventora: Ruth L贸pez Mosquera Garc铆a
Dada lectura al orden del d铆a, en su desarrollo se debaten los asuntos siguientes:

1. Aprobaci贸n, si procede, del borrador del acta de la sesi贸n anterior.

Se da cuenta de los acuerdos contenidos en el acta de la sesi贸n ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno el d铆a nueve de octubre de 2.008.
No formul谩ndose observaciones, objeciones ni reparos, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los presentes que eran once de los once que lo componen, aprueban el acta de la sesi贸n ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente el d铆a nueve de octubre de 2.008.

2. Modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Acuerdo que proceda.

Visto el expediente que se tramita para la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Tomado conocimiento de la modificaci贸n que se propone y que queda reflejada en el nuevo texto de la ordenanza municipal que obra en el expediente.
Abierto un turno de intervenciones, y tras intentar tomar la palabra do帽a Ana Josefa Avello Cimas, se帽ala el sr. Alcalde que quien debe intevenir es el sr. portavoz del grupo popular don Jos茅 Antonio Tarno Cuesta, quien procede a exponer que como ya ha manifestado en la comisi贸n, entiende que es mejor subir este a帽o el 4% que no subir nada y aplicar para el a帽o pr贸ximo un 8%, y que el a帽o pasado ya manifest贸 su postura a favor de incrementar anualmente el IPC, aunque se帽ala que debido a la situaci贸n de crisis actualmente existente, para el a帽o pr贸ximo el ayuntamiento quiz谩s tenga que realizar alg煤n esfuerzo.
Responde el sr. Alcalde que tambi茅n en Santander existe crisis y han aplicado una subida del 5%. Toma la palabra seguidamente el sr. portavor del grupo municipal regionalista, don Ram贸n Luis Borbolla Borbolla, para se帽ala que la propuesta de incrementar anualmente el IPC fue planteada por el grupo popular el a帽o pasado y aceptada por el grupo regionalista, agradeciendo al sr. alcalde que tambi茅n la haya apoyado.
Considerando que la Corporaci贸n Municipal tiene potestad para modificar las ordenanzas en materia de su competencia y que entre estas se encuentra la ordenanza fiscal objeto de este acuerdo, de conformidad con el dictamen de la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales del Ayuntamiento de Val de San Vicente, el Pleno del Ayuntamiento, por diez votos a favor y una abstenci贸n de la sra. concejala do帽a Ana Josefa Avello Cimas, acuerda:
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo nuevo texto obra en el expediente y se diligenciar谩 con la fecha de la sesi贸n a que se refiere la presente acta. La modificaci贸n afecta al art铆culo 11.2 , que queda redactado en los siguientes t茅rminos.
鈥 Art铆culo 11
2. De conformidad con lo se帽alado en el art铆culo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento aplicar谩 los siguientes tipos de gravamen:
A los bienes de naturaleza urbana.........................................................0,63 %
A los bienes de naturaleza r煤stica.........................................................0,58 %鈥
SEGUNDO. Que se abra un periodo de informaci贸n p煤blica y se d茅 audiencia a los interesados por un plazo de treinta d铆as h谩biles para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias, que deber谩n ser resueltas por al Corporaci贸n.
TERCERO. Que en el caso de no presentarse alegaciones, este acuerdo se entienda definitivo, procedi茅ndose a la correspondiente publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de Cantabria.

3. Modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Veh铆culos de Tracci贸n Mec谩nica. Acuerdo que proceda.

Visto el expediente que se tramita para la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Veh铆culos de Tracci贸n Mec谩nica.
Tomado conocimiento de la modificaci贸n que se propone y que queda reflejada en el nuevo texto de la ordenanza municipal que obra en el expediente.
Considerando que la Corporaci贸n Municipal tiene potestad para modificar las ordenanzas en materia de su competencia y que entre estas se encuentra la ordenanza fiscal objeto de este acuerdo, de conformidad con el dictamen de la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales del Ayuntamiento de Val de San Vicente, el Pleno del Ayuntamiento, por diez votos a favor y una abstenci贸n de la sra. concejala do帽a Ana Josefa Avello Cimas, acuerda:
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Veh铆culos de Tracci贸n Mec谩nica, cuyo nuevo texto obra en el expediente y se diligenciar谩 con la fecha de la sesi贸n a que se refiere la presente acta. La modificaci贸n afecta al art铆culo 5, que queda redactado en los siguientes t茅rminos.
鈥 Art铆culo 5.
El impuesto se exigir谩 con arreglo a las cuotas del siguiente cuadro de tarifas:
POTENCIA Y CLASE DE VEH脥CULOS CUOTA EUROS
Turismos:
De menos de 8 caballos fiscales...................................................18,56
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales................................................50,61
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales............................................106,85
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales............................................132,72
De 20 caballos fiscales en adelante............................................166,46

Autobuses:
De menos de 21 plazas...............................................................123,72
De 21 a 50 plazas........................................................................176,03
De m谩s de 50 plazas...................................................................220,47

A) Camiones:
De menos de 1.000 kg de carga 煤til................................63,00
De 1.000 a 2.999 kg de carga 煤til..................................123,72
De 3.000 a 9.999 kg de carga 煤til..................................176,03
De m谩s de 9.999 kg de carga 煤til...................................220,47

B) Tractores:
De menos de 16 caballos fiscales..................................25,87
De 16 a 25 caballos fiscales...........................................41,06
De m谩s de 25 caballos fiscales.....................................123,72

C) Remolques y semirremolques arrastrados por veh铆culos de tracci贸n mec谩nica:
De menos de 1.000 kg y m谩s de 750 kg de carga 煤til....25,87
De 1.000 a 2.999 kg de carga 煤til...................................41,06
De m谩s de 2.999 kg de carga 煤til..................................123,72

D) Otros veh铆culos:
Ciclomotores....................................................................6,77
Motocicletas hasta 125c.c................................................6,77
Motocicletas de m谩s de 125 hasta 250 c.c.....................11,24
Motocicletas de m谩s de 250 hasta 500 c.c.....................22,50
Motocicletas de m谩s de 500 hasta 1.000 c.c..................44,99
Motocicletas de m谩s de 1.000 c.c....................................89,98鈥

SEGUNDO. Que se abra un periodo de informaci贸n p煤blica y se d茅 audiencia a los interesados por un plazo de treinta d铆as h谩biles para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias, que deber谩n ser resueltas por al Corporaci贸n.
TERCERO. Que en el caso de no presentarse alegaciones, este acuerdo se entienda definitivo, procedi茅ndose a la correspondiente publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de Cantabria.

4. Modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Acuerdo que proceda.

Visto el expediente que se tramita para la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Tomado conocimiento de la modificaci贸n que se propone y que queda reflejada en el nuevo texto de la ordenanza municipal que obra en el expediente.
Considerando que la Corporaci贸n Municipal tiene potestad para modificar las ordenanzas en materia de su competencia y que entre estas se encuentra la ordenanza fiscal objeto de este acuerdo, por la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales del Ayuntamiento de Val de San Vicente, el Pleno del Ayuntamiento, por diez votos a favor y una abstenci贸n de la sra. concejala do帽a Ana Josefa Avello Cimas, acuerda:
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyo nuevo texto obra en el expediente y se diligenciar谩 con la fecha de la sesi贸n a que se refiere la presente acta. La modificaci贸n afecta al art铆culo 6, que queda redactado en los siguientes t茅rminos.
鈥 CUOTA TRIBUTARIA
Art铆culo 6.
La cuota del impuesto ser谩 el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen del 29%.鈥 SEGUNDO. Que se abra un periodo de informaci贸n p煤blica y se d茅 audiencia a los interesados por un plazo de treinta d铆as h谩biles para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias, que deber谩n ser resueltas por al Corporaci贸n.
TERCERO. Que en el caso de no presentarse alegaciones, este acuerdo se entienda definitivo, procedi茅ndose a la correspondiente publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de Cantabria.

5. Modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupaci贸n de terrenos de uso p煤blico con mesas y sillas con finalidad lucrativa. Acuerdo que proceda.

Visto el expediente que se tramita para la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupaci贸n de terrenos de uso p煤blico con mesas y sillas con finalidad lucrativa .
Tomado conocimiento de la modificaci贸n que se propone y que queda reflejada en el nuevo texto de la ordenanza municipal que obra en el expediente.
Considerando que la Corporaci贸n Municipal tiene potestad para modificar las ordenanzas en materia de su competencia y que entre estas se encuentra la ordenanza fiscal objeto de este acuerdo, de conformidad con el dictamen de la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales del Ayuntamiento de Val de San Vicente, el Pleno del Ayuntamiento, por diez votos a favor y una abstenci贸n de la sra. concejal do帽a Ana Josefa Avello Cimas, acuerda:
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupaci贸n de terrenos de uso p煤blico con mesas y sillas con finalidad lucrativa cuyo nuevo texto obra en el expediente y se diligenciar谩 con la fecha de la sesi贸n a que se refiere la presente acta. La modificaci贸n afecta al art铆culo 6 , que queda redactado en los siguientes t茅rminos.
鈥 CUOTA TRIBUTARIA.
Art铆culo 6.
La cuant铆a de la tasa regulada en esta Ordenanza ser谩 fijada en las tarifas que seguidamente se indican:
TARIFA. TERRAZAS EN V脥AS P脷BLICAS
Temporada de julio y agosto y primera
categor铆a...................................................4,49 鈧/m2
Temporada de julio y agosto y segunda
categor铆a..................................................2,99 鈧/m2
Todos los meses del a帽o excepto julio y agosto y para ambas categor铆as.............0,09 鈧/m2.
SEGUNDO. Que se abra un periodo de informaci贸n p煤blica y se d茅 audiencia a los interesados por un plazo de treinta d铆as h谩biles para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias, que deber谩n ser resueltas por al Corporaci贸n.
TERCERO. Que en el caso de no presentarse alegaciones, este acuerdo se entienda definitivo, procedi茅ndose a la correspondiente publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de Cantabria.

6. Modificaci贸n la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de veh铆culos a trav茅s de las aceras y reservas para aparcamientos en determinadas v铆as y espacios p煤blicos. Acuerdo que proceda. Visto el expediente que se tramita para la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de veh铆culos a trav茅s de las aceras y reservas de aparcamientos en determinadas v铆as y espacios p煤blicos.

Tomado conocimiento de la modificaci贸n que se propone y que queda reflejada en el nuevo texto de la ordenanza municipal que obra en el expediente.
Considerando que la Corporaci贸n Municipal tiene potestad para modificar las ordenanzas en materia de su competencia y que entre estas se encuentra la ordenanza fiscal objeto de este acuerdo, de conformidad con el dictamen de la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales del Ayuntamiento de Val de San Vicente, el Pleno del Ayuntamiento, por diez votos a favor y una abstenci贸n de la sra. concejala do帽a Ana Josefa Avello Cimas, acuerda:
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificaci贸n de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de veh铆culos a trav茅s de las aceras y reservas de aparcamientos en determinadas v铆as y espacios p煤blicos, cuyo nuevo texto obra en el expediente y se diligenciar谩 con la fecha de la sesi贸n a que se refiere la presente acta. La modificaci贸n afecta al apartado a de la tarifa 1潞 del art铆culo 6, que queda redactado en los siguientes t茅rminos:
鈥 CUOTA TRIBUTARIA
Art铆culo 6.
La cuant铆a de la tasa se determinar谩 con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
TARIFA 1陋. ENTRADA DE VEH脥CULOS.
a) Por cada metro lineal o fracci贸n.............................................................25,00 鈧/a帽o.鈥
SEGUNDO. Que se abra un periodo de informaci贸n p煤blica y se d茅 audiencia a los interesados por un plazo de treinta d铆as h谩biles para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias, que deber谩n ser resueltas por al Corporaci贸n.
TERCERO. Que en el caso de no presentarse alegaciones, este acuerdo se entienda definitivo, procedi茅ndose a la correspondiente publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de Cantabria.

7. Expediente de modificaci贸n de cr茅dito. Dictamen que proceda.

El se帽or alcalde presidente se dirige a los se帽ores miembros de la corporaci贸n y da cuenta detallada del expediente de modificaci贸n de cr茅ditos n煤mero 14 de 2.008, cuyo importe total asciende a la cantidad de VEINTISEIS MIL EUROS (26.000,00 鈧), consistente en transferencias entre partidas de distintos grupos de funci贸n.
Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe de intervenci贸n, vistos los art铆culos 179.2 y 4 y 169 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, art铆culos 40.3 y 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril y las Bases de Ejecuci贸n del Presupuesto, de conformidad con el dictamen de la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales, el Pleno del Ayuntamiento, por diez votos a favor y uno en contra de la sra. concejala do帽a Ana Josefa Avello Cimas, acuerda:
PRIMERO: Aprobar el expediente de modificaci贸n de cr茅ditos n煤mero 14 del vigente presupuesto general para 2.008, por un importe total de VEINTISEIS MIL EUROS ( 26.000,00 鈧). Dicho expediente consiste en transferencias entre partidas de distintos grupos de funci贸n, en los t茅rminos que se expresan seguidamente:
Partidas que se incrementan Cr茅dito recibido
12.221 Suministros de oficina 6.000,00 鈧
11.226 Gastos Protocolarios, publicidad y representaci贸n 12.000,00 鈧
12.227 Servicios Exteriores 8.000,00 鈧
Total cr茅dito recibido 26.000,00 鈧
Partida que disminuye Cr茅dito cedido
44.600 Inversiones en terrenos 26.000,00 鈧
Total cr茅dito cedido 26.000,00 鈧
SEGUNDO: Que el expediente se exponga al p煤blico por espacio de quince d铆as h谩biles a efectos de reclamaciones, mediante edictos publicados en el bolet铆n oficial de Cantabria y en el tabl贸n de anuncios del ayuntamiento.
TERCERO: Que en el caso de que no se produzcan reclamaciones frente al expediente, se eleve a definitivo este acuerdo.

8. Propuesta para la designaci贸n de nombre de varias calles del municipio. Acuerdo que proceda.

A la vista de la necesidad de proceder a dar un nombre oficial a tres calles del municipio, concretamente en la localidad de Unquera, de conformidad con el dictamen de la Comisi贸n Especial de Cuentas e Informativa Municipal Permanente de Asuntos Econ贸micos, Internos e Institucionales del Ayuntamiento de Val de San Vicente, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de sus miembros presentes que eran once de los once que lo componen, acuerda:
PRIMERO: Designar como nombre oficial para la actualmente conocida como calle sur de Unquera el nombre de 鈥 LA BARCENA DE MOLLEDA鈥.
SEGUNDO: Designar como nombre oficial para la calle que discurre entre el colegio de las monjas y la casa de la cultura el nombre de 鈥淩IO NANSA鈥.
TERCERO: Designar como nombre oficial para la calle que discurre entre la urbanizaci贸n Tina Mayor y el almac茅n de construcci贸n Viuda de Anastasio Noriega el nombre de 鈥淟A TOJA鈥.

Y no habiendo m谩s asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesi贸n, cuando son las catorce horas y veinte minutos del d铆a al inicio indicado, de todo lo cual, como secretarial doy fe.