Acta de la JGL celebrada el día 24 de Enero de 2008
mircoles, 23 de enero de 2008
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ACTA NÚMERO 1/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA VEINTICUATRO DE ENERO DE 2.008.

 

En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las catorce horas del día veinticuatro de enero de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes:

Presidente: Don Miguel Ángel González Vega.

Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, don Elías Alvarez Martínez y doña Nuria Yolanda Verdeja Melero.

Secretaria: Laura Rodríguez Candás.

Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes:

1. Aprobación, si procede, del borrador del  acta de la sesión anterior.

Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de veinte de diciembre de 2.007 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de cinco de diciembre de 2.007.

2. Facturas y pagos.

El sr. Alcalde informa a los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes que ha resultado imposible la preparación de las facturas y pagos  por lo que se pospone su tratamiento para la siguiente sesión, a lo que los asistentes manifiestan su conformidad.

3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan.

3.1.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Covadonga González Maceda  para reforma y ampliación de cubierta de edificio en Molleda.

Visto el expediente incoado por doña Covadonga González Maceda para reforma y ampliación de cubierta de edificio en Molleda.

Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de cubierta en Molleda, redactado por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha doce de diciembre de 2.007.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 18 de enero de 2.008 por  los servicios técnicos municipales.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, se acuerda:

 PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Covadonga González Maceda, para reforma y ampliación de cubierta de edificio en Molleda, según proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de cubierta en Molleda, redactado por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha doce de diciembre de 2.007.

La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes:

Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras:

§   Habrán de incorporarse al expediente el cuestionario de estadística de edificación y vivienda.

Condiciones inherentes a la urbanización:

§   Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras.

Condiciones estéticas:

§   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno.

§   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo.

§   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS ( 24.545,45 €).

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo.

3.2.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por SALMANTINA ANTIGUA S.L. para derribo de vivienda unifamiliar y construcción de vivienda unifamiliar en Prellezo. Visto el expediente incoado por SALMANTINA ANTIGUA S.L. para  derribo de vivienda unifamiliar y construcción de vivienda unifamiliar en Prellezo.

Tomado conocimiento del proyecto de derribo de vivienda unifamiliar sita en el barrio Prellezo Arco 23, Val de San Vicente, redactado por el arquitecto don José Serna García, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha ocho de noviembre de 2.007 y del proyecto  básico y de ejecución de vivienda unifamiliar sita en el barrio Prellezo Arco 23, Val de San Vicente, redactado por el arquitecto don José Serna García, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha ocho de noviembre de 2.007.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 18 de enero de 2.008 por  los servicios técnicos municipales.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

 PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a SALMATINA ANTIGUA S.L. para derribo de vivienda unifamiliar y construcción de vivienda unifamiliar en Prellezo, según proyecto de derribo de vivienda unifamiliar sita en el barrio Prellezo Arco 23, Val de San Vicente, redactado por el arquitecto don José Serna García, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha ocho de noviembre de 2.007 y según proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar sita en el barrio Prellezo Arco 23, Val de San Vicente, redactado por el arquitecto don José Serna García, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha ocho de noviembre de 2.007.

La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes:

Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras:

§   Habrán de incorporarse al expediente el cuestionario de estadística de edificación y vivienda.

Condiciones inherentes a la urbanización:

§   Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras.

Condiciones estéticas:

§   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno.

§   La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a esta.

§   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo.

§   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC.

Condiciones inherentes a las instalaciones:

§   La vivienda actual cuenta con conexión de agua. El contador deberá colocarse en el lugar más próximo a la tona, en el límite de la parcela, en una caja individual y accesible desde el exterior de acuerdo con el informe emitido por el servicio municipal de aguas.

§   Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO SETENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS ( 170.761,67 €).

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo.

3.3.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Gloria Rábago Rodríguez para reformado de proyecto básico y de ejecución de rehabilitación de vivienda en Pesués.

Visto expediente incoado por doña Gloria Rábago Rodríguez para modificado de proyecto básico y de ejecución de rehabilitación de vivienda en Pesués.

Considerando que mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de marzo de 2.003 se otorgó licencia municipal de obras a doña Gloria Rábago Rodríguez para la rehabilitación de una vivienda en Pesués, según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 23 de julio de 2.002.

Tomado conocimiento de los planos modificados “alzado norte y sur”, “alzado oeste” y “sección”, suscritos por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de noviembre de 2.007.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 21 de agosto de 2.007 por  los servicios técnicos municipales.

Por la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios se dictamina que  por el órgano municipal competente se acuerde:

 PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Gloria Rábago Rodríguez para reformado de proyecto básico y de ejecución de rehabilitación de vivienda en Pesués para el que se otorgó licencia municipal de obras mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de marzo de 2.003 según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 23 de julio de 2.002. El reformado se refiere a los planos “alzado norte y sur”, “alzado oeste” y “sección”, suscritos por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de noviembre de 2.007.

La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo.

4.Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan.

4.1. Expediente promovido por don José Fernández Ceballos que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar en un establecimiento comercial sito en la localidad de Molleda.

Visto el expediente promovido por don José Fernández Ceballos relativo a cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar en un establecimiento comercial en la localidad de Molleda.

Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Conceder a don José Fernández Ceballos  el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de actividad de un establecimiento dedicado a bar en la localidad de Molleda.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.2.Expediente promovido por don Javier González Montoto, en representación de RESIDENCIAL TINAMAYOR S.L. para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a exposición de cocinas y electrodomésticos.

Visto el expediente que promueve don Javier González Montoto en representación de RESIDENCIAL TINAMAYOR S.L. para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a exposición de cocinas y electrodomésticos

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 23 de enero de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Conceder a RESIDENCIAL TINAMAYOR S.L. licencia para la apertura de un establecimiento destinado a exposición de cocinas y electrodomésticos, bajo la denominación de “Master Kitchen Unquera”. El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, c/ Carretera General, S/N.

 SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al  interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.3. Expediente promovido por doña María Teresa Vela Gutiérrez para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a estudio de fotografía.

Visto el expediente que promueve doña María Teresa Vela Gutiérrez para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a estudio de fotografía.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 16 de enero de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Conceder a doña María Teresa Vela Gutiérrez licencia para la apertura de un establecimiento destinado a estudio de fotografía. El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, c/ San Felipe Neri nº 24.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al  interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.4. Solicitud de subvención al Gobierno de Cantabria para la ejecución de las obras de nueva red de pluviales en Unquera.

Visto el escrito remitido por la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Empleo y Bienestar Social del Gobierno de Cantabria mediante documento con registro municipal de entrada número 0085 de 2.008, por el que comunican que en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2.008 figura una subvención nominativa a favor del Ayuntamiento de Val de San Vicente para la ejecución de la obra Nueva red de pluviales en Unquera, por importe de CIENTO TRECE MIL EUROS ( 113.000,00 €).

Tomado conocimiento del proyecto “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A”, redactado en diciembre de 2.006 por el ingeniero de caminos, canales y puertos don Carlos de Diego Palacios.

Considerando que según consta en el escrito de la Dirección General de Administración Local antes referido y en orden a preparar el expediente para la concesión de la subvención es necesario que por el órgano competente se acuerde solicitar la subvención prevista.

Atendido el interés general que representa para el municipio de Val de San Vicente la ejecución de la mencionada obra, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO. Solicitar de la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Cantabria la subvención nominativa que figura en los Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2.008 a favor del ayuntamiento de Val de San Vicente, por importe de CIENTO TRECE MIL EUROS ( 113.000,00 €) para la ejecución del proyecto de obras “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A”, redactado por el ingeniero de caminos, canales y puertos don Carlos de Diego Palacios.

SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Cantabria, adjuntando el resto de la documentación exigida.

4.5. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de obras de pintura del colegio Fuente Salín de Pesués.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor obras de pintura del colegio Fuente Salín de Pesués.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicha obra .

Segundo: Que el presupuesto presentado por DECORACIONES PRÍO se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a DECORACIONES PRIO el contrato menor de obras de pintura del colegio Fuente Salín de Pesués por importe de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS ( 4.489,20 €).

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.6. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de obras de demolición de terraza en el Hotel Don Pablo en Pechón en cumplimiento de sentencia judicial.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor obras de demolición de terraza en el Hotel Don Pablo en Pechón en cumplimiento de sentencia judicial recaída en el recurso ordinario número 195/95 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicha obra .

Segundo: Que el presupuesto presentado por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. se considera el más favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a ESCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. el contrato menor de obras demolición de terraza en el Hotel Don Pablo en Pechón en cumplimiento de sentencia judicial recaída en el recurso ordinario número 195/95 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, por importe de DIEZ MIL NOVECIENTOS CUATRO EUROS ( 10.904,00 €) IVA incluido.

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adquisición de un vehículo destinado al cuerpo de policía local de Val de San Vicente.

A la vista del expediente incoado para la contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del suministro de un vehículo destinado al cuerpo de policía local de Val de San Vicente.

Considerando:

Primero. Que mediante resolución de la alcaldía de fecha 16 de noviembre de 2.007 se acordó, entre otros extremos, aprobar el expediente de contratación incoado para adjudicar el suministro de un vehículo con destino al cuerpo de policía local de Val de San Vicente; autorizar el gasto correspondiente, cuyo importe asciende a la cantidad de VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS EUROS ( 23.500,00 €) ; que se adjudique el contrato mediante procedimiento negociado sin publicidad previa, adjudicándose a la empresa justificadamente elegida por el ayuntamiento, previa consulta y negociación de los términos del contrato con un mínimo de tres empresas capacitadas  para la realización del objeto del contrato; aprobar el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir la contratación y que se dé cumplimiento a los trámites preceptivos de impulso del expediente hasta la formalización del oportuno contrato.

Segundo. Que en cumplimiento de la resolución mencionada en el considerando anterior, se solicitó oferta a tres empresas, concediéndoles un plazo de diez días naturales para la presentación de ofertas. Transcurrido dicho plazo, ninguna de las empresas presentó proposición alguna.

Tercero. Que se considera necesario para el buen funcionamiento de los servicios municipales disponer de un vehículo para la policía local, habida cuento que para su adquisición se cuenta con subvención concedida por la Consejería de Empleo y Bienestar Social del Gobierno de Cantabria por importe de 20.000,00 €.

A la vista de lo anterior y del interés general que representa para el ayuntamiento de Val de San Vicente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que lo componen, acuerda:

PRIMERO. Continuar con la tramitación del expediente incoado para la adjudicar el suministro de un vehículo destinado al cuerpo de policía local de Val de San Vicente mediante procedimiento negociado sin publicidad, previa nueva consulta y negociación de los términos del contrato con un mínimo de tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato.

SEGUNDO. Que se dé cumplimiento a los trámites preceptivos de impulso del expediente hasta la formalización del oportuno contrato.

4.8. Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía definitiva prestada por ELECNOR S.A. como adjudicatario del contrato de obras de “CONSTRUCCIÓN DE UNA PLAZA PÚBLICA Y UN PARQUE INFANTIL EN LUEY”.

Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2456 de 2007, suscrito por ELECNOR S.A. y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía definitiva del contrato de obras de “CONSTRUCCIÓN DE UNA PLAZA PÚBLICA Y UN PARQUE INFANTIL EN LUEY”.

Considerando:

Primero. Que ha transcurrido el plazo de garantía de doce meses previsto en el pliego de cláusulas administrativas sin que se hayan observado defectos o vicios en los trabajos realizados, según se acredita en el informe emitido en fecha de siete de noviembre de 2.007 por el técnico director de la obra don Roberto García Barrera.

Segundo. Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido prestada mediante seguro de caución de la entidad MAPFRE CAUCIÓN Y CRÉDITO, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros S.A.,  de fecha 28 de octubre de 2.005, póliza número 8703100264, por un importe de CINCO MIL DOSCIENTOS SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS ( 5.206,60 €).

Visto el artículo 147 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Devolver la garantía definitiva prestada por ELECNOR S.A.  como adjudicatario del contrato de obras de “ Construcción de una plaza pública y un parque infantil en Luey”  y que  ha sido prestada mediante seguro de caución de la entidad MAPFRE CAUCIÓN Y CRÉDITO, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros S.A.,  de fecha 28 de octubre de 2.005, póliza número 8703100264, por un importe de CINCO MIL DOSCIENTOS SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS ( 5.206,60 €).

SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos que en su caso procedan  y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes.

4.9. Escrito presentado por doña Sagrario Castilla García  referido a solicitud de reconocimiento del segundo trienio.

Visto el escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0097 de 2008, suscrito por doña Sagrario Castilla García, funcionaria de administración general de este Ayuntamiento de Val de San Vicente, perteceniente a la subescala administrativa por el que solicita el reconocimiento de su segundo trienio de antigüedad.

A la vista de la documentación obrante en el expediente, estando presentes en la sesión cuatro  miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, se acuerda:

Primero. Reconocer a la funcionaria de administración general de este Ayuntamiento de Val de San Vicente, subescala administrativa, doña Sagrario Castilla García, su derecho su segundo  trienio y a los efectos económicos inherentes al mismo. Dicho reconocimiento surtirá efectos desde el día 21 de julio de 2.007, fecha en la que se cumple el segundo trienio de antigüedad.

Segundo. Comunicar el presente acuerdo a la interesada, a los servicios económicos municipales, incluyéndose en la nómina la remuneración que implica.

4.10. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Mercedes Llanos Arias.

A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora  social, en el que se propone la concesión del servicio de ayuda a domicilio a doña Mercedes Llanos Arias por espacio de dos horas diarias, con una aportación económica por parte de la interesada de TREINTA Y DOS EUROS ( 32,00 €) mensuales.

Considerando que en ese mismo informe se señala que la solicitante tiene realizados los trámites para la concesión del servicio a través del sistema nacional de atención a la dependencia, por lo que las prestación del servicio municipal será temporal en tanto comience a recibir la otra.

Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Mercedes Llanos Arias, con DNI 13.893.072 Z,  por espacio de dos  horas diarias, con una aportación económica por parte de la interesada de TREINTA Y DOS EUROS ( 32,00 €) mensuales. Esta prestación será temporal hasta que comience a recibir la que actualmente está tramitando a través del sistema nacional de atención a la dependencia.

SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a doña Mercedes Llanos Arias.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.11. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Florentina Barreda Puente.

A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora  social, en el que se propone la concesión del servicio de ayuda a domicilio a doña María Florentina Barreda Puente por espacio de una hora diaria, sin aportación económica por parte de la interesada.

Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro  de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña María Florentina Barreda Puente, con DNI 13.835.805 V,  por espacio de una hora diaria, sin una aportación económica por parte de la interesada.

SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a doña a doña Maria Florentina Barreda Puente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

5. Ruegos y preguntas.

Abierto este punto, no se plantea ninguno.

 

Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las catorce horas y treinta minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.