Acta de la JGL celebrada el día 23 de Noviembre de 2007
jueves, 22 de noviembre de 2007

ACTA NÚMERO 14/2.007 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE DE 2.007.

 

En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las once horas y cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de noviembre de dos mil siete, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes:

Presidente: Don Miguel Ángel González Vega.

Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana y don Elías Alvarez Martínez y doña Nuria Yolanda Verdeja Melero.

Secretaria: Laura Rodríguez Candás.

Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes:

 

1. Aprobación, si procede, del borrador del  acta de la sesión anterior.

Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la junta de gobierno local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de dos de noviembre de 2.007, por la secretaria se informa de la existencia de un error de transcripción en el punto “4.16. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio de mantenimiento del ascensor de la Casa de Cultura.”, cuyo apartado PRIMERO, donde dice “...... desde el uno de enero de 2.008 hasta el 31 de enero de 2.008....”, debe decir “...desde el uno de enero de 2.008 hasta el 31 de diciembre de 2.008...”.

Como consecuencia de esta rectificación, el texto del acuerdo queda redactado en los siguientes términos:

“4.16. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio de mantenimiento del ascensor de la Casa de Cultura.

A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de mantenimiento del ascensor de la Casa de Cultura.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio.

Segundo: Que el presupuesto presentado por FAIN ASCENSORES se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a FAIN ASCENSORES el contrato de servicio de mantenimiento del ascensor de la Casa de Cultura, por plazo de un año, desde el uno de enero de 2.008 hasta el 31 de diciembre de 2.008, en el precio de CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS( 145,88 ) mensuales, iva incluido, condicionando el presente acuerdo a la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejericio 2.008.

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Facultar al Alcalde en la amplitud precisa para la firma del oportuno contrato administrativo.

CUARTO:Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.”

 

Aceptada la rectificación por tratarse de un error de transcripción, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de dos de noviembre de 2.007 con la rectificación indicada.

2. Facturas y pagos.

2.1. Facturas y pagos.

Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia.

Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS(  72.418,55 €)

2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito.

A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2007/12 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS ( 5.996,42 € ) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2007/12 excepto la factura E00/883/8413/0 de VIAJES BARCELÓ S.L. con registro de entrada número 939/2007 e importe TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA EUROS ( 3.690,00 €), resultando un importe total aprobado de  DOS MIL TRESCIENTOS SEIS EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS ( 2.306,42 €) una vez excluida la factura indicada.

3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan.

3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada MUEBLES BORDAS  S.L.  para ejecución de cabrete para nave industrial en el polígono industrial Río Deva.

Visto el expediente incoado por MUEBLES BORDAS S.L. para ejecución de cabrete para nave industrial en el polígono industrial Río Deva.

Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de ejecución de cabrete para nave industrial, redactado por el ingeniero industrial don José Antonio Palacios Iglesias, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cantabria en fecha de nueve de agosto de 2.007.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en sentido negativo en fecha de 20 de noviembre de 2.007 por  los servicios técnicos municipales.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que lo componen, acuerda:

 PRIMERO: Denegar licencia municipal de obras a MUEBLES BORDAS S.L para ejecución de cabrete para nave industrial en el polígono industrial Río Deva según proyecto básico y de ejecución redactado por el ingeniero industrial don José Antonio Palacios Iglesias, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cantabria en fecha de nueve de agosto de 2.007. La denegación de la licencia se justifica en los motivos señalados en el informe técnico citado, según el cual ...” El conjunto de naves construidas en la parcela alcanza una superficie total ocupada de 8000,00 m2 sobre una superficie bruta de 20018,00 m2 con lo que se ajusta al parámetro de ocupación marcado por el planeamiento del 40%. La edificabilidad establecida para este tipo suelo es del 0,45 m2/m2 con lo que la parcela en la que se localizan las naves le corresponde una superfice construida de 9008,10 m2.Teniendo en cuenta que se ha consumido 8000,00 m2 en planta baja restarían 1008,10 m2 para consumir cabretes. En la parcela existen 25 naves a las que les correspondería un cabrete de 40 m2 construidos. El proyecto presentado construye una superficie útil de cabrete de 203,72 m2, muy superior a lo permitido”. Añadiendo que “en la documentación complementaria presentada no justifica el exceso de aprovechamiento de la superficie construida”.

SEGUNDO: Que se notifique el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan.

3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Heminia Noriega Cabrero  para reforma de edificación en Helgueras.

Visto el expediente incoado por doña Herminia Noriega Cabrero para reforma de edificación en Helgueras.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 20 de noviembre de 2.007 por  los servicios técnicos municipales.

Tomado conocimiento del proyecto denominado “Expediente de legalización: Reforma de edificación” redactado por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 13 de agosto de 2.007; y de los planos 06 ( Alzados y sección. Estado actual), 07 (Instalación eléctrica e instalación de fontanería), 09 ( Detalle constructivo y planta de cubierta) y 11(esquema de instalación de placas solares), suscritos por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 23 de octubre de 2.007.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

 PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Herminia Noriega Cabrero para reforma  de edificación en Helgueras, según proyecto  denominado “Expediente de legalización: Reforma de edificación” redactado por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 13 de agosto de 2.007; y según planos 06 ( Alzados y sección. Estado actual), 07 (Instalación eléctrica e instalación de fontanería), 09 ( Detalle constructivo y planta de cubierta) y 11 (esquema de instalación de placas solares), suscritos por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 23 de octubre de 2.007.

La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes:

Condiciones inherentes a la urbanización:

§   El frente de la parcela quedará perfectamente pavimentado, reponiéndose además aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la realización de las obras.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA Y CINCO (50.864,75 €).

TERCERO: Que se notifique el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan.

3.3.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Benito Sánchez Somohano  para construcción de una nave destinada a caballerizas en Pesués.

Visto el expediente incoado por don José Benito Sánchez Somohano para  la construcción de una nave destinada a caballerizas en Pesués.

Tomado conocimiento del proyecto de ejecución para la construcción de una nave destinada a caballerizas redactado por el ingeniero técnico agrícola don Rubén de la Puente González, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Cantabria en fecha de dos de agosto de 2.007.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 20 de noviembre de 2.007 por  los servicios técnicos municipales.

 

 

 

 

Obrando en el expediente, entre otros documentos, la autorización de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo concedida en fecha de dos de maryo de 2.007 a don José Benito Sánchez Somohano para la construcción de estabulación de equinos en suelo no urbanizable en Pesués.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

 PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Benito Sánchez Somohano para  la construcción de una nave destinada a caballerizas en Pesués,  según proyecto  de ejecución para la construcción de una nave destinada a caballerizas redactado por el ingeniero técnico agrícola don Rubén de la Puente González, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Cantabria en fecha de dos de agosto de 2.007.

La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes:

Cesiones a favor del Ayuntamiento:

§   Se formalizarán, con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, las correspondientes cesiones a viales mediante acto de escritura pública.

Condiciones inherentes a la urbanización:

§   El frente de la parcela quedará objeto de cesión quedará perfectamente pavimentado, reponiéndose además aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la realización de las obras.

Condiciones estéticas:

§   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se puediera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno.

§   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo.

§   Los canalones y las bajantes de pluvilales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de DIECINUEVE MIL EUROS (19.000,00  €).

TERCERO: Que se notifique el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan.

3.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Margarita Díaz Estrada para rehabilitación de cubierta en Pechón.

Visto el expediente incoado por doña Margarita Díaz Estrada para  la rehabilitación de cubierta en Pechón.

Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de cubierta redactado por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha ocho de junio de 2.007.

Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de ocho de noviembre de 2.007 por  los servicios técnicos municipales.

De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

 PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Margarita Díaz Estrada rehabilitación de cubierta en Pechón, según proyecto básico y de ejecución para rehabilitación de cubierta redactado por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos  de Cantabria en fecha de ocho de junio  de 2.007.

La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes:

Condiciones inherentes a la urbanización:

§   El frente de la parcela quedará perfectamente urbanizado, asfaltándose  además aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la realización de las obras.

Condiciones estéticas:

§   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se puediera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno.

§   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo.

§   Los canalones y las bajantes de pluvilaes serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC.

SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de QUINCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS ( 15.625,30  €).

TERCERO: Que se notifique el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan.

4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan.

4.1.Expediente de solicitud de licencia de actividad para la instalación de garajes, aparcamiento comunitario, en la localidad de Pechón, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Francisco Javier Díaz Ibáñez actuando en representación de Promociones Ibáñez Romero S.L.

Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de garajes, aparcamiento comunitario, en la localidad de Pechón, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Francisco Javier Díaz Ibáñez actuando en representación de Promociones Ibáñez Romero S.L.

 Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente,de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe:

1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos.

3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada.

4.2.Expediente de solicitud de licencia de actividad para la instalación de taller de carpintería, en el polígono industrial Río Deva  en la localidad de Pesués , de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Angel González Martínez.

Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de taller de carpintería, en el polígono industrial Río Deva en la localidad de Pesués,de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Angel González Martínez.

Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe:

1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos.

3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada.

4.3. Expediente de solicitud de licencia de actividad para la ampliación de nave ganadera en la localidad de Serdio, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Pedro Luis Sañudo Cabeza.

Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la ampliación de nave ganadera en la localidad de Serdio, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Pedro Luis Sañudo Cabeza.

Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe:

1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos.

3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada.

4.4.Solicitud de inclusión de obras en el Programa de Obras y Actuaciones en Materia de Infraestructura Municipal 2.007-2.011.

A la vista del escrito remitido mediante documento con registro municipal de entradas número 2.251 de 2.007 desde la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Cantabria, que se refiere al inicio de los trámites para la planificación y coordinación de obras a realizar en los municipios de Cantabria dentro del Programa de Obras y Actuaciones en Materia de Infraestructura Municipal a lo largo de la legislatura 2.007-2.011.

Considerando:

PRIMERO: Que las solicitudes tienen que remitirse a la Dirección General de Administración Local antes del día 30 de noviembre de 2.007 y que no está previsto que se celebre una sesión plenaria hasta el día 29 de noviembre de 2.007.

SEGUNDO: Que actualmente se considera de interés general para el municipio la ejecución de las obras Urbanización de calle en Unquera, tercera y última fase y Construcción de parque y plaza en Molleda.

Atendido el interés municipal que supone la ejecución de dichas obra, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la

Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda.

PRIMERO: Solicitar al Gobierno de Cantabria la inclusión de las siguientes obras en el Programa de Obras y Actuaciones en Materia de Infraestructura Municipal 2.007-2.011:

1.     “Urbanización de calle en Unquera. Tercera y última fase”.

2.     “Construcción de parque y plaza en Molleda”

SEGUNDO: Hacer constar que el presupuesto estimado de dichas actuaciones asciende a la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (350.000,00€) y DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS ( 250.000,00 €) respectivamente, y que el ayuntamiento de Val de San Vicente no dispone de proyectos para la ejecución de las citadas obras.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo y de la documentación complementaria precisa para la ejecución del mismo a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Cantabria.

CUARTO: Que este acuerdo se someta a la ratificación del ayuntamiento pleno en la primera sesión que celebre dicho órgano.

4.5. Padrón fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente al ejercicio 2.007.

Examinado el padrón fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.007 y estando presentes en la sesión los cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local, por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: La aprobación del mencionado padrón fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.007, integrado por OCHO ( 8 ) unidades fiscales y por una deuda tributaria total de SETECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS ( 766,80 €).

SEGUNDO: Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del ayuntamiento.

TERCERO: Establecer como periodo voluntario de cobro el comprendido entre los días quince de diciembre de 2.007  y quince de enero de 2.008.

4.6.Padrón fiscal de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento en determinadas vías y espacios públicos correspondiente al ejercicio 2.007.

Examinado el padrón fiscal de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento en determinadas vías y espacios públicos correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.007 y estando presentes en la sesión los cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local, por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: La aprobación del mencionado padrón fiscal de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento en determinadas vías y espacios públicos correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.007, integrado por DIECISIETE(17) unidades fiscales y por una deuda tributaria total de MIL VEINTE EUROS ( 1.020,00 €).

SEGUNDO: Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del ayuntamiento.

 

TERCERO: Establecer como periodo voluntario de cobro el comprendido entre los días quince de diciembre de 2.007 y quince de enero de 2.008.

4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de tarjetas navideñas.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor de suministro de tarjetas navideñas.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro .

Segundo: Que el presupuesto presentado por FOTOGRAFÍA PIRENAIC se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a FOTOGRAFÍA PIRENAIC el contrato menor de suministro de tarjetas navideñas por importe de QUINIENTOS NOVENTA Y UN EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS ( 591,60 €), IVA incluido.

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la instalación del alumbrado navideño.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor de servicios para la instalación del alumbrado navideño.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio .

Segundo: Que el presupuesto presentado por ILUMINACIONES J.L. CHISPAS S.L. se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a ILUMINACIONES J.L. CHISPAS S.L. el contrato menor de servicios para la instalación del alumbrado navideño por importe de DOCE MIL EUROS ( 12.000,00 €), IVA incluido.

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios de desbroce con maquinaria en Prellezo, Pesués, Abanillas, Luey, Portillo y Unquera.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor de servicios de desbroce con maquinaria en Prellezo, Pesués, Abanillas, Luey, Portillo y Unquera.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio .

Segundo: Que el presupuesto presentado por JESÚS ROIZ SANTIÁÑEZ, se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a JESÚS ROIZ SANTIAÑEZ el contrato menor de servicios de desbroce con maquinaria en Prellezo, Pesués, Abanillas, Luey, Portillo y Unquera por importe de SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS ( 7.899,60 €).

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

 

 

 

 

 

4.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de un equipo DELL OPTIFLEX 320 con monitor y WINDOWS XP PROFESIONAL.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor de suministro de un equipo DELL OPTIFLEX 320 con monitor y WINDOWS XP PROFESIONAL.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio .

Segundo: Que el presupuesto presentado por ADOLFO RIVERO ACEREDA se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a ADOLFO RIVERO ACEREDA el contrato menor de suministro de un equipo DELL OPTIFLEX 320 con monitor y WINDOWS XP PROFESIONAL por importe de NOVECIENTOS OCHENTA EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS ( 980,20 €).

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de material de señalización para la Casa de la Cultura de Unquera.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor de suministro de material de señalización para la Casa de la Cultura de Unquera.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio .

Segundo: Que el presupuesto presentado por SERISAN S.A. se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a SERISAN S.A. el contrato menor de suministro de material de señalización para la Casa de la Cultura de Unquera por importe de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS ( 255,33 €).

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de material de señalización para Unquera.

A la vista del expediente correspondiente al contrato menor de suministro de material de señalización para Unquera.

Considerando:

Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio .

Segundo: Que el presupuesto presentado por SERISAN S.A. se considera favorable para los intereses municipales.

Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda:

PRIMERO: Adjudicar a SERISAN S.A. el contrato menor de suministro de material de señalización para Unquera por importe de QUINIENTOS DIECISIETE EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS ( 517,65 €).

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.

4.13.Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía definitiva prestada por CONSTRUCCIONES SAYFER S.L. como adjudicatario del contrato de obras de “Urbanización de Casa de Cultura de Val de San Vicente”.

Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2367 de 2007, suscrito por CONSTRUCCIONES SAYFER S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía definitiva del contrato de obras de “Urbanización de Casa de Cultura de Val de San Vicente”.

Considerando:

Primero. Que ha transcurrido el plazo de garantía de doce meses previsto en el pliego de cláusulas administrativas sin que se hayan observado defectos o vicios en los trabajos realizados, según se acredita en el informe emitido en fecha de 19 de noviembre de 2.007 por el técnico director de la obra don Javier de la Rosa González.

Segundo.Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido prestada mediante aval de la Caja de Ahorros de Asturias, de fecha 27 de diciembre de 2.005, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 44389 cuenta 019-980002587, por un importe de DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS ( 2.153,92 €).

Visto el artículo 147 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Devolver la garantía definitiva prestada por CONSTRUCCIONES SAYFER S.L. como adjudicatario del contrato de obras de “Urbanización de Casa de Cultura de Val de San Vicente” y que  ha sido prestada mediante aval de la Caja de Ahorros de Asturias, de fecha 27 de diciembre de 2.005, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 44389 cuenta 019-980002587, por un importe de DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS ( 2.153,92 €).

SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos que en su caso procedan  y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes.

4.14. Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía definitiva prestada por COSNTRUCCIONES SAYFER S.L. como adjudicatario del contrato de obras de “Urbanización en zona deportiva en Unquera”.

Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2366 de 2007, suscrito por CONSTRUCCIONES SAYFER S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía definitiva del contrato de obras de “Urbanización en zona deportiva en Unquera”.

Considerando:

Primero. Que ha transcurrido el plazo de garantía de doce meses previsto en el pliego de cláusulas administrativas sin que se hayan observado defectos o vicios en los trabajos realizados, según se acredita en el informe emitido en fecha de 14 de noviembre de 2.007 por el técnico director de la obra don Roberto García Barrera.

Segundo.Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido prestada mediante aval de la Caja de Ahorros de Asturias, de fecha 18 de agosto de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 47984, cuenta 019-980002652, por un importe de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS ( 1.968,00 €).

Visto el artículo 147 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Devolver la garantía definitiva prestada por CONSTRUCCIONES SAYFER S.L. como adjudicatario del contrato de obras de “Urbanización en zona deportiva en Unquera” y que  ha sido prestada mediante aval de la Caja de Ahorros de Asturias, de fecha 18 de agosto de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 47984, cuenta 019-980002652, por un importe de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS ( 1.968,00 €).

SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos que en su caso procedan  y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes.

4.15. Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía provisional prestada por HITOS URBANOS S.A. como entidad licitadora del concurso para la enajenación de una parcela de propiedad municipal en la Unidad de Ejecución UE 10 de Unquera, con destino a la construcción de viviendas de protección oficial.

Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2486 de 2007, suscrito por HITOS URBANOS S.A. y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía provisional prestada  como entidad licitadora del concurso para la enajenación de una parcela de propiedad municipal en la Unidad de Ejecución UE 10 de Unquera, con destino a la construcción de viviendas de protección oficial.

Considerando:

Primero: Que mediante resolución de la alcaldía de fecha 29 de mayo de 2.007 se declaró desierto el concurso al no poder admitir a licitación a la única entidad presentada.

Segundo:Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido prestada mediante aval de la Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra-Caixanova,de fecha 18 de abril de 2.007, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 0855 3000000017, por un importe de CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE EUROS CON TRECE CÉNTIMOS ( 4.415,13 €).

Visto el artículo 35 Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Devolver la garantía definitiva prestada por HITOS URBANOS S.A. como entidad licitadora del concurso para la enajenación de una parcela de propiedad municipal en la Unidad de Ejecución UE 10 de Unquera, con destino a la construcción de viviendas de protección oficial,

y que  ha sido prestada mediante aval de la Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra-Caixanova,de fecha 18 de abril de 2.007, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 0855 3000000017, por un importe de CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE EUROS CON TRECE CÉNTIMOS ( 4.415,13 €).

 SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos que en su caso procedan  y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes.

4.16. Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía prestada por Viviendas y Promociones Costa Verde S.L. por la realización de obras de acometidas de suminsitro eléctrico y saneamiento.

Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2566 de 2007, suscrito por Viviendas y Promociones Costa Verde S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía exigida para responder de los desperfectos que puedieran producirse por la ejecución de las obras de acometida de las conexiones necesarias para el suministro eléctrico y de saneamiento a la red general en Pesués, autorizadas por resolución de la alcaldía adoptada en fecha de catorce de septiembre de 2.006.

Considerando que la garantía cuya devolución se solicita ha sido presentada en efectivo mediante ingreso efectuado en cuenta en fecha de cuatro de septiembre de 2.006 por un importe de OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON VEINTICUATRO CÉNITMOS ( 8.942,24 €).

Visto el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de catorce de noviembre de 2.007, en el que se acredita que las obras se encuentran correctamente terminadas y que procede la devolución de la garantía, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Devolver la garantía prestada por Viviendas y Promociones Costa Verde S.L. exigida para responder de los desperfectos que puedieran producirse por la ejecución de las obras de acometida de las conexiones necesarias para el suministro eléctrico y de saneamiento a la red general en Pesués, autorizadas por resolución de la alcaldía adoptada en fecha de catorce de septiembre de 2.006 y que ha sido prestada en efectivo mediante ingreso efectuado en cuenta en fecha de cuatro de septiembre de 2.006 por un importe de OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS ( 8.942,24 €).

SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos que en su caso procedan  y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes.

4.17. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 2512 de 2007 del registro municipal de entradas.

Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 2512 de 2007 del registro municipal de entradas.

Resultando:

Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a la empresa TCONE GROUP CANTABRIA S.L. de la licencia municipal de obras otorgada a don Ramón Jorge Franco Cueli mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de  Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de dos de junio de 2.005 para la construcción de 26 viviendas pareadas y una vivienda aislada en Pesués, según el proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don José Ramón Sáiz Fouz, en representación de QUID PROYECTOS Y TASACIONES S.L., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de abril de 2.005.

A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se acuerda:

PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a  don Ramón Jorge Franco Cueli mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de  Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de dos de junio de 2.005 para la construcción de 26 viviendas pareadas y una vivienda aislada en Pesués, según el proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don José Ramón Sáiz Fouz, en representación de QUID PROYECTOS Y TASACIONES S.L., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de abril de 2.005, pase a ser de titularidad de la empresa  TCONE GROUP CANTABRIA S.L..

SEGUNDO. Que se dé traslado de este acuerdo a los interesados.

4.18. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Mariano Rodríguez Seoane correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2262 de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 2262 de 2007 formulado por don Mariano Rodríguez Seoane y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Mariano Rodríguez Seoane por el vehículo con matrícula S-2841-AG. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente y con efecto de uno de enero de 2008.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.19. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Agapito Pérez Romero correspondiente al documento con registro municipal de entradas número  de 2006.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 1129 de 2006 formulado por don Agapito Pérez Romero y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Agapito Pérez Romero por el vehículo con matrícula 6572 DZT. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente y con efecto de uno de enero de 2007.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.20. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don José Luis Santoveña Valle correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2225 de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 2225 de 2007 formulado por don José Luis Santoveña Valle y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don José Luis Santoveña Valle por el vehículo con matrícula 8618 FVT. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente y con efecto de uno de enero de 2008.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.21. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Ramón Fernández Fernández correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1984 de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 1984 de 2007 formulado por don Ramón Fernández Fernández  y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Ramón Fernández Fernández  por el vehículo con matrícula MA-4446-BD. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente y con efecto de uno de enero de 2008.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.22.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Eva María Sánchez González correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2304 de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 2304 de 2007 formulado por doña Eva María Sánchez González y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de ONCE EUROS CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (11,59 €) a doña Eva María Sánchez González con DNI 13.979.098 C. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por el vehículo con matrícula O-8733-AH en el ejercicio 2.007.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.23. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Guillermo Mon Celis correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2279 de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 2279 de 2007 formulado por don Guillermo Mon Celis y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de VEINTITRÉS EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS (23,17 €) a don Guillermo Mon Celis con DNI 13.892.477 V. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por el vehículo con matrícula BI-8406-AK en el ejercicio 2.007.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.24. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Julio Cebada González correspondiente al documento con registro municipal de entradas número    de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número  de 2007 formulado por don Julio Cebada Sánchez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de VEINTICUATRO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (24,46 €) a don Julio Cebada Sánchez con DNI 13.835.582 R. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por el vehículo con matrícula SS-2373-U en el ejercicio 2.007.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.25. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Pilar Fernández Herrero correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2515 de 2007.

Visto el documento con registro municipal de entradas número 2515 de 2007 formulado por doña Pilar Fernández Herrero y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturalez urbana.

Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CIENTO SESENTA Y UN EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (161,16 €) a doña Pilar Fernández Herrero con DNI 13.877.862 F. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre inmuebles de naturaleza urbana por el inmueble con referencia catastral 2523005 UP8022S 0001 WO en el ejercicio 2.007.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.26. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Isabel Bustamante Sánchez.

A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora  social, en el que se propone la concesión del servicio de ayuda a domicilio a doña Isabel Bustamante Sánchez por espacio de cinco horas semanales, sin aportación económica por parte de la interesada.

Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Isabel Bustamante Sánchez, con DNI 13.836.006 por espacio de cinco horas semanales y sin aportación económica por parte de la interesada.

SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a doña Isabel Bustamante Sánchez.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.27. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Consolación Vélez Sánchez.

A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora  social, en el que se propone la concesión del servicio de ayuda a domicilio a doña Consolación Vélez Sánchez por espacio de cinco horas semanales, sin aportación económica por parte de la interesada.

Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Consolación Vélez Sánchez, con DNI 13.848.641 L por espacio de cinco horas semanales y sin aportación económica por parte de la interesada.

SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a doña Consolación Vélez Sánchez.

TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

4.28. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de teleasistencia a doña Consolación Vélez Sánchez.

A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que manifiesta que se considera oportuna la concesión del servicio de teleasistencia a doña Consolación Vélez Sánchez.

Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de teleasistencia a don Consolación Vélez Sánchez, con DNI 13.848.641 L.

SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.

5. Ruegos y preguntas.

Abierto este punto, no se plantea ninguno.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se expide el presente certificado, de orden y con el visto bueno del sr. Alcalde, en Pesués, Val de San Vicente, a 23 de noviembre de 2.007.